Comité de la ONU reconoce acciones de México contra la desaparición, pero advierte persistencia
octubre 21, 2026Juan Pablo Albán, presidente del Comité, felicitó al Gobierno de México por los avances en materia de búsqueda y localización de personas desaparecidas
El Comité contra la Desaparición Forzada (CDF) de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) reconoció los avances en materia de alertamiento y búsqueda de personas desaparecidas en México ante la Asamblea General, pero sostuvo que existen indicios bien fundados de que se cometen desapariciones forzadas* como crímenes de lesa humanidad y que esa práctica persiste.
Al presentar el informe anual del CDF ante la Tercera Comisión de la Asamblea General, su presidente, Juan Pablo Albán Alencastro, felicitó al Gobierno de México “por estos avances”, luego de que las autoridades nacionales expusieran la localización de 16 mil personas en 2026 de las más de 130 mil que permanecen desaparecidas, según cifras oficiales.
No obstante, Albán Alencastro pidió que los procesos de cooperación internacional con países como España y Alemania, así como con organismos internacionales, “se mantengan a través del tiempo” y volvió a solicitar públicamente que la situación de las personas desaparecidas en México sea examinada por la Asamblea General del organismo.
Discusión sobre el artículo 34
Albán Alencastro expuso que “el órgano concluyó que existen indicios bien fundados de la comisión de desapariciones forzadas como crímenes de lesa humanidad y de la persistencia hasta la actualidad de esa práctica”. El funcionario explicó que la conclusión se sustentó en información proporcionada por el Estado mexicano, contribuciones de víctimas y organizaciones civiles, así como en antecedentes reunidos desde 2012.
En la sesión también participó la presidenta-relatora del Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias, Grazyna Baranowska. La delegación mexicana, por su parte, rechazó la interpretación del Comité sobre el alcance y la aplicación del artículo 34 de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas.
Albán Alencastro explicó que el Comité concluyó por primera vez el procedimiento previsto en ese artículo, que permite llevar situaciones particularmente graves a la atención de la Asamblea General para movilizar cooperación internacional.
“El artículo 34 es un mecanismo preventivo excepcional de alerta que está concebido para movilizar la atención y cooperación internacional ante situaciones particularmente serias”, señaló.
El presidente del Comité precisó que la decisión no constituye una determinación de responsabilidad internacional contra México.





